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Convenio arbitral general
Las partes intervinientes acuerdan que todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de la ejecución o interpretación del presente contrato o relacionados con él, directa o indirectamente, se resolverán definitivamente mediante arbitraje (*), en el marco de la Corte Aragonesa de Arbitraje de la Asociación Aragonesa de Arbitraje a la que se encomienda la administración del arbitraje y la designación del árbitro o árbitros de acuerdo con su Reglamento. Así mismo, las partes intervinientes en el arbitraje se comprometen a realizar en el momento en que sean requeridas para ello las provisiones de fondos fijadas por la Corte.
* « de equidad» o «de derecho».