Reglamento del Servicio de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles aprobado por acuerdo del Comité Directivo de la Asociación Aragonesa de Arbitraje y Mediación de 19 de julio de 2013.
Reglamento del Registro de Mediadores de la Asociación Aragonesa de Arbitraje y Mediación aprobado por acuerdo del Comité Directivo de la Asociación de 29 de noviembre de 2013 y revisado para su adecuación al Real Decreto 980/2013 por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
TASA DE ADMISIÓN
10,00 €/parte interviniente en el proceso de mediación, IVA no incluido.
TASA DE ADMINISTRACIÓN
La Tasa de Administración de la Institución de Mediación (Corte Aragonesa de Arbitraje y Mediación) se calculará sobre el 10% de los honorarios que correspondan al mediador, que deberán abonar las partes por igual, salvo acuerdo en contrario de éstas.
HONORARIOS DEL MEDIADOR
NÚMERO SESIÓN |
PRECIO (€) / SESIÓN IVA no incluido |
DURACIÓN (horas) / SESIÓN |
Primera |
140,00 |
Hasta tres (3) |
Segunda y siguientes |
100,00 |
Hasta tres (3) |