Un proceso voluntario mediante el cual, con intervención de un tercero neutral, el mediador, que dirige el proceso y facilita la toma de acuerdos, las partes involucradas intentan resolver el conflicto.
Todas las empresas y particulares que quieran explorar las distintas posibilidades de solución de conflictos desde la voluntariedad.
Partiendo del principio básico de voluntariedad que caracteriza a la mediación, las partes pueden formalizar, a través de un documento o contrato, el compromiso de acudir a este procedimiento en caso de controversia entre las partes implicadas.
También, pueden solicitar directamente ante la Corte el inicio de un proceso de mediación sin necesidad de acuerdo previo. Puede ser a solicitud conjunta de las partes en conflicto o bien por una sola de ellas,
Se puede recurrir a la mediación en cualquier etapa de una controversia. Así, puede ser elegida como el primer paso, cuando las negociaciones emprendidas por las partes no hayan concluido satisfactoriamente. También se puede recurrir a la mediación en cualquier momento durante el litigio judicial o arbitraje, si las partes quieren interrumpir los mismos para explorar la posibilidad de llegar a un acuerdo.
Los costes de la mediación incluyen los honorarios y gastos del mediador, los derechos de admisión y administración de la Corte Aragonesa de Arbitraje y Mediación, y los demás gastos originados en el procedimiento, así como los impuestos que les sean de aplicación.
En la mediación las partes conservan la responsabilidad y el control respecto de la controversia y no transfieren el poder de la toma de decisiones al mediador: el resultado se determina por la voluntad de las partes. Esto permite tener en cuenta de una manera amplia todos los intereses empresariales y personales que las partes consideren importantes.
La mediación puede afrontar conflictos con una vertiente jurídica o de voluntad.
Es también un sistema alternativo de resolución de conflictos, regulado en este caso por Ley, en el que las partes acuerdan libremente que un tercero resuelva definitivamente sus posibles diferencias de interpretación, ejecución y resolución de acuerdos y contratos.
En el arbitraje el resultado se determina por el árbitro, de acuerdo a la ley aplicable: el árbitro escucha a las partes pero es él quien decide. El arbitraje es un procedimiento enmarcado por la Ley, si bien es más flexible que un procedimiento judicial, es un tercero quien decide: el árbitro.
El arbitraje puede resolver los conflictos jurídicos mercantiles nacionales o internacionales que le sean sometidos por las partes y en prácticamente todos los sectores económicos.